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CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

Observatorio Ciudadano de Sentencias

Publicado el 09/09/2026
MEMO DE ESTRATEGIA — AR-C

Nombre propuesto del programa

Nombre recomendado: Observatorio Ciudadano de Sentencias

  • Vigia Judicial: corto, evoca vigilancia activa sin tecnicismos.
  • Cumplimiento Visible: describe el producto central en dos palabras.

Resumen ejecutivo

Proponemos la creación de una plataforma digital ciudadana e independiente que publique, punto por punto, el estado de cumplimiento de sentencias penales de alto impacto con sede o ejecución en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La plataforma clasificará cada obligación judicial como cumplida, en ejecución, incumplida o pendiente, con la fuente visible, siguiendo la metodología del documento de análisis del caso Vialidad que acompaña esta propuesta. Está destinada a los 3.095.454 habitantes de la Ciudad que hoy no disponen de ningún canal accesible para verificar ese estado. El costo de arranque ronda entre $1.000.000 y $2.500.000 (entre USD 650 y USD 1.630 al tipo de cambio minorista del 9 de septiembre de 2026), financiado por donaciones, crowdfunding y alianzas con universidades o colegios de abogados. Pedimos que un legislador o legisladora de la Legislatura porteña tome el proyecto y lo presente en ejercicio de su iniciativa legislativa propia.

El problema

Los 3.095.454 habitantes de la Ciudad (INDEC, Censo 2022) no tienen forma de saber, con precisión jurídica, qué puntos específicos de sentencias judiciales de alto impacto están siendo incumplidos. La confusión entre condena firme, orden de ejecución incumplida y acusación sin sentencia es sistemática en el debate público, y ningún mecanismo ciudadano la corrige.

El documento de análisis del caso Vialidad que acompaña esta propuesta ilustra el problema con exactitud: hay una condena firme por administración fraudulenta agravada (arts. 173 inc. 7 y 174 inc. 5 del Código Penal), un decomiso de $684.990.350.139,86 firme e impago que al corte de julio de 2025 equivale a aproximadamente $916.693.029.666 a precios de julio de 2026, y un incumplimiento de visitas colectivas judicialmente constatado. Al mismo tiempo, las causas Cuadernos, Hotesur y Memorándum son acusaciones sin condena firme. Estas son tres situaciones jurídicamente distintas que el debate público trata como una sola.

Ese nivel de distinción no existe hoy en ningún canal accesible. La rendición de cuentas vertical —el control que ejerce la sociedad civil sobre el Estado— no puede funcionar sin información de calidad (Eduardo Arraiza, Manual de Gestión Municipal, 3ª ed., 2023, pp. 210–212).

Dato pendiente: el número exacto de causas penales federales actualmente en ejecución con sede en la Ciudad será solicitado al Poder Judicial de la Nación bajo la Ley 27.275 antes de la presentación formal del proyecto.

Que se evaluo y que se eligio

AlternativaCosto de arranqueCoberturaSostenibilidadRigor jurídicoIndependencia
Plataforma digital ciudadanaMedio-alto: dominio, desarrollo y carga inicial. Entre $1.000.000 y $2.500.000.Alta en potencia: cualquiera de los 3,09 millones puede consultarla. En la práctica, depende de causas cargadas al inicio.Frágil sin financiamiento recurrente. Riesgo de quedar desactualizada.Alto si sigue la metodología del documento Vialidad: condena firme / orden incumplida / obligación impaga como categorías separadas.Alta si es autogestionada. Riesgo si depende de un único servidor o financiador.
Red de monitoreo jurídico voluntarioBajo: coordinación y capacitación. Cercano a cero con infraestructura gratuita.Limitada al inicio: alcanza los casos que los voluntarios activos puedan relevar. Escala con la red, no con la demanda.Frágil si depende de pocos voluntarios. Se sostiene con masa crítica.Depende de la formación de cada relevador. Con protocolo claro puede igualar a la plataforma.Alta: distribuida por naturaleza, más difícil de presionar.
No hacer nadaCero.Nula.No aplica.Nulo.No aplica.

Elegimos la plataforma digital ciudadana porque maximiza cobertura —cualquier habitante puede consultarla sin registro ni costo— y permite aplicar con consistencia la distinción jurídica central de esta propuesta: condena firme, orden incumplida y obligación impaga son categorías separadas, no una sola. La red voluntaria es más resiliente ante la presión, pero su rigor depende de cada relevador individual; sin el protocolo de clasificación garantizado por una plataforma estructurada, ese rigor se pierde en la escala.

Casos de respaldo disponibles en el corpus:

  • BA Obras (Observatorio de Obras Urbanas Abiertas), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina, 2017: plataforma de datos abiertos sobre obras públicas, estado actualizado y control ciudadano, replicada en más de 20 ciudades. Se traslada como modelo de arquitectura —estado por ítem, fuente visible, consulta libre— pero no en la estructura de datos: BA Obras operaba desde adentro del Gobierno con datos propios; el Observatorio Ciudadano de Sentencias es independiente y obtiene los datos del Poder Judicial por vía de la Ley 27.275.

  • Transparencia en el sistema de justicia, Argentina, 2019 (OCDE-OPSI): iniciativa de transparencia judicial desde el Poder Judicial. No se traslada directamente porque era impulsada desde adentro del sistema judicial; nuestra propuesta es externa e independiente.

Costos y que consume

Plataforma digital ciudadana

ÍtemEstimaciónFuente de financiamiento
Dominio y hosting anual$150.000–$300.000Donaciones o crowdfunding
Desarrollo web inicial (referencia de mercado: freelance)$800.000–$2.000.000Donaciones, universidades o financiamiento externo
Revisión jurídica por caso (referencia: salario mínimo vital y móvil agosto 2026, $376.600/mes por voluntario)Variable según casos activosVoluntarios con protocolo o financiamiento externo
Mantenimiento mensual$100.000–$200.000Financiamiento recurrente

El costo total de arranque ronda entre $1.000.000 y $2.500.000, equivalentes a entre USD 650 y USD 1.630 al tipo de cambio minorista del 9 de septiembre de 2026 (BCRA, $1.533,53 por dólar). El costo más difícil de cubrir no es el tecnológico sino el jurídico: alguien con formación debe leer los expedientes y clasificar cada punto. La IA puede reducir ese costo pero no eliminarlo; la revisión humana es indispensable para mantener el rigor que distingue esta plataforma.

La Ciudad no financia un observatorio independiente por definición. Las fuentes posibles son donaciones individuales, crowdfunding ciudadano, subsidios de organizaciones de transparencia y alianzas con universidades o colegios de abogados que aporten infraestructura y horas profesionales sin costo monetario directo.

Instrumento y base legal

Pedimos que un diputado o diputada de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires presente un proyecto de ley que cree y financie parcialmente el Observatorio, en ejercicio de la iniciativa legislativa que les reconoce la Constitución de la Ciudad (art. 85). No se requieren firmas ciudadanas ni plazo especial: el legislador presenta el proyecto directamente ante la Mesa de Entradas de la Legislatura, conforme al reglamento interno del cuerpo. La propuesta se entrega mediante nota formal dirigida al bloque o al legislador de preferencia, con copia del documento de análisis del caso Vialidad como anexo técnico.

El instrumento que la autoridad debería dictar es una ley de la Ciudad que establezca la creación del Observatorio, su naturaleza ciudadana e independiente, la metodología de clasificación (condena firme / en ejecución / incumplida / pendiente) y un financiamiento parcial inicial. La base normativa de apoyo incluye: la Constitución de la Ciudad (art. 132, acceso libre y gratuito a bases de datos con contenido patrimonial de actos públicos; art. 104 incs. 9 y 30, atribuciones del Jefe de Gobierno para organizar organismos y crear consejos consultivos) y la Ley 27.275 de Acceso a la Información Pública (arts. 14–17, sujetos obligados del Estado nacional incluido el Poder Judicial; art. 32, obligaciones de publicidad activa).

Advertencia de vigencia: la normativa citada puede haber sido modificada. Conviene verificar el texto vigente de la Ley 27.275 y de la Constitución de la Ciudad antes de presentar el proyecto.

Puesta en marcha

Semana 1

  • Identificar al menos dos legisladores o legisladoras de la Legislatura porteña a quienes presentar la propuesta.
  • Redactar la nota formal de presentación firmada por MejoramosJuntos con el documento de análisis de Vialidad como anexo.
  • Verificar el texto vigente de la Ley 27.275 y confirmar el procedimiento de ingreso de proyectos en la Legislatura.
  • Preparar el formulario de pedido de información al Poder Judicial de la Nación (número de causas federales en ejecución con sede en la Ciudad) para reforzar la dimensión del problema antes de la reunión.

Semana 2

  • Entregar la propuesta ante la Mesa de Entradas de la Legislatura o directamente al bloque seleccionado.
  • Convocar a abogados, estudiantes de derecho y organizaciones de transparencia a sumarse al equipo de relevamiento voluntario.
  • Presentar el pedido de información a la Unidad de Información del Poder Judicial de la Nación bajo la Ley 27.275.
  • Habilitar un canal de contacto público (correo o formulario web) para quienes quieran respaldar la propuesta.

Mensualmente

  • Realizar reunión de 30 minutos con todos los relevadores activos para revisar el protocolo de clasificación.
  • Distribuir formulario de dos preguntas al cierre de cada actualización: ¿la fuente fue suficiente?, ¿encontraste algo que el protocolo no cubre?
  • Responder los formularios en 48 horas con decisión sobre cada observación y enviar informe mensual de avance a los relevadores.
  • Actualizar el estado de cada causa activa en la plataforma y publicar la fuente de cada cambio.

Como se va a saber si funciona

Qué se mideFrecuenciaQué resultado indica éxito
Causas cargadas con puntos dispositivos y estado actualizadoA los 6 meses del lanzamientoAl menos 10 causas activas con clasificación completa
Frecuencia de actualización por causa activaMensualAl menos una actualización mensual por causa
Solicitudes de información bajo Ley 27.275 procesadas y publicadasMensualAl menos una solicitud procesada y publicada a los 12 meses
Impacto públicoA los 24 mesesLa plataforma es citada como fuente en al menos un medio o debate legislativo
Respuesta del equipo de relevamiento (canal de escucha)MensualFormulario completado al cierre de cada actualización; respuesta de coordinación en 48 horas; al menos el 80% de las observaciones recibe decisión documentada

Riesgos e incertidumbres

  • El Poder Judicial puede no responder o demorar los pedidos bajo la Ley 27.275. La ley fija plazos pero no siempre se cumplen. Para despejarlo: sistematizar los pedidos desde el primer mes, publicar cada respuesta y cada silencio, y sostener la presión pública sobre los incumplimientos de acceso a la información como parte del producto del observatorio.

  • La plataforma puede quedar desactualizada si el equipo técnico-jurídico se dispersa. Sin actualización, pierde credibilidad en semanas. Para despejarlo: establecer desde el arranque un protocolo de mínima —al menos una actualización mensual por causa— y definir quién cubre cada causa antes de publicarla.

  • El financiamiento de arranque no está garantizado. Entre $1.000.000 y $2.500.000 es alcanzable por crowdfunding o donaciones, pero no hay compromisos formales al momento de esta propuesta. Para despejarlo: lanzar la campaña de financiamiento en paralelo con la presentación legislativa, identificar al menos una universidad o colegio de abogados como socio institucional antes del lanzamiento.

  • Hipótesis no verificada: la distinción jurídica puede aplicarse de forma inconsistente entre relevadores. Si dos voluntarios clasifican el mismo punto de manera distinta, la plataforma pierde rigor. Para despejarlo: documentar el protocolo de clasificación con los criterios del documento de análisis de Vialidad (condena firme, orden incumplida, obligación impaga como categorías mutuamente excluyentes) y aplicarlo con revisión cruzada antes de publicar.

  • Hipótesis no verificada: los incentivos mediáticos y políticos para simplificar pueden desalentar el uso de la plataforma. Un actor con interés en mezclar categorías puede ignorar lo que el observatorio publica. Para despejarlo: diseñar la interfaz para que la distinción sea visualmente obvia y construir credibilidad citando fuentes primarias —resoluciones judiciales, no crónicas— para que cualquier periodista o legislador pueda verificar.

  • Las sentencias monitoreadas son del fuero federal, que no depende del Gobierno de la Ciudad. El observatorio no puede obligar a los tribunales federales a rendir cuentas ante la Ciudad; solo puede observar, sistematizar y publicar. Para despejarlo: dejar explícito en la plataforma y en la propuesta legislativa que el alcance es el monitoreo externo, no la ejecución, y que la Ley 27.275 es el único mecanismo coercitivo disponible.

  • El número de causas federales en ejecución con sede en la Ciudad está pendiente de verificación. Ese dato dimensiona el problema y hoy no está disponible. Para despejarlo: MejoramosJuntos realizará el pedido formal al Poder Judicial de la Nación bajo la Ley 27.275 antes de la presentación formal del proyecto ante la Legislatura.

Fuentes y datos

  • Documento de análisis del caso Vialidad (P1), adjunto a esta propuesta, 2026. Fuente del modelo metodológico de clasificación: condena firme por administración fraudulenta agravada (arts. 173 inc. 7 y 174 inc. 5 del Código Penal, sección 2); incumplimiento de visitas colectivas judicialmente constatado (sección 6); decomiso firme e impago de $684.990.350.139,86 al corte del informe (julio de 2025), equivalentes a aproximadamente $916.693.029.666 a precios de julio de 2026 (sección 7); causas Cuadernos, Hotesur y Memorándum como acusaciones sin condena firme (sección 8); metodología de clasificación en la Conclusión ejecutiva. Causa de referencia: CFP 5048/2016.

  • INDEC, Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2022 (resultados definitivos, base REDATAM). Dato: 3.095.454 habitantes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (2022).

  • BCRA, Principales variables (2026-09-09). Dato: tipo de cambio minorista promedio vendedor, $1.533,53 por dólar al 9 de septiembre de 2026. Fuente del cálculo de equivalencia en dólares del costo de arranque (USD 650–USD 1.630).

  • INDEC vía datos.gob.ar. Dato: $684.990.350.139,86 de julio de 2025 equivalen a aproximadamente $916.693.029.666 a precios de julio de 2026, aplicando deflactor de precios.

  • Consejo del Salario vía datos.gob.ar. Dato: salario mínimo vital y móvil mensual, $376.600 corrientes (agosto de 2026). Usado como referencia de costo mínimo de revisión jurídica por voluntario.

  • Congreso de la Nación, Ley 27.275 de Derecho de Acceso a la Información Pública (2016). Arts. 4–7 (definiciones y principios); arts. 14–17 (sujetos obligados del Estado nacional, incluido el Poder Judicial de la Nación); art. 32 (obligaciones de publicidad activa, incs. h y q). Base del mecanismo de obtención de datos judiciales.

  • Instituto de Gestión Electoral de la Ciudad de Buenos Aires, Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (1996). Art. 85 (iniciativa legislativa de los diputados); art. 104 incs. 9 y 30 (atribuciones del Jefe de Gobierno para organizar organismos y crear consejos consultivos); art. 132 (acceso libre y gratuito a bases de datos con contenido patrimonial de actos públicos). Base normativa institucional de la propuesta.

  • OCDE–Observatory of Public Sector Innovation (OPSI), caso BA Obras (Observatory of Open Urban Works), Argentina, 2017. Plataforma de datos abiertos sobre obras públicas con estado actualizado y control ciudadano, replicada en más de 20 ciudades. Referencia de arquitectura de producto.

  • OCDE–Observatory of Public Sector Innovation (OPSI), caso Transparency in the Justice System: an obligation and an opportunity, Argentina, 2019. Iniciativa de transparencia judicial desde el Poder Judicial. Referencia comparativa; no se traslada por ser impulsada desde adentro del sistema judicial.

  • Eduardo Arraiza, Manual de Gestión Municipal (3ª ed. ampliada), CIMA / Konrad Adenauer Stiftung, 2023, pp. 210–212. Concepto de rendición de cuentas vertical: el control que ejerce la sociedad civil sobre el Estado no puede funcionar sin información de calidad.

Este memo lo redactó Tomi IA a partir de la conversación con quien lo publicó, y esa persona lo publicó tal como está. Las normas citadas hay que verificarlas en su texto vigente antes de usarlas. Si algo no corresponde, reportalo.